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sábado, 20 de febrero de 2016

Si pagas predial y Tenencia asegurate de obtener tu CFDI.


No se cuenta con mecanismos claros o ágiles para su obtención.
Entre los meses de enero y marzo se tiene la obligación de realizar los pagos de dos impuestos locales: El Impuesto Predial (municipal) y el Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos (estatal). Aunque estos impuestos se calculan de diferente manera en cada entidad o municipalidad, comparten la característica de que para deducirlos, se debe obtener el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
Tradicionalmente estos impuestos se pagan ya sea en el banco, en las oficinas de las tesorerías locales y, en algunos casos, por Internet.
No obstante esto, en este año 2015 que se presenta la situación de que los contribuyentes deben obtener el archivo XML del CFDI de estos pagos para que proceda su deducción.
Aunque esta obligación también estuvo vigente para el ejercicio 2014, las entidades gubernamentales tuvieron una prórroga de 6 meses para emitir los CFDI, por lo que la necesidad de obtener estos comprobantes no se tenía en el momento del pago de estos impuestos; sin embargo, se debe recodar que para que procedan estas deducciones por el ejercicio 2014, también deben obtenerse los archivos XML, ya que no obstante que se tuvo una prórroga de seis meses, la obligación que tienen estas entidades en 2014 es de expedir todos los CFDI del ejercicio, desde el mes de enero.
Dada la costumbre en las formas de pago, muchas de las entidades o municipalidades no tienen previsto un mecanismo ágil y seguro para que los contribuyentes obtengan el CFDI por estos pagos, pero en cada caso los contribuyentes deben acercarse con su autoridad y plantear la necesidad de que se agilice y eficiente la generación y obtención de estos documentos.
Por lo anterior, se recomienda investigar, en cada caso particular, cuáles son los mecanismos de obtención de CFDIs, o bien, los medios adecuados para contactar a la autoridad responsable y plantear la situación y las necesidades.