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viernes, 29 de enero de 2016

El SAT exhibe prácticas corruptas de constructoras


El sector es uno de los más proclives a la defraudación fiscal, al incurrir en operaciones simuladas con facturas, y cambios constantes de domicilio y razón social para evitar la fiscalización, afirma Aristóteles Núñez.

El sector de la construcción es uno de los más proclives la corrupción y defraudación fiscal, afirmó el jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Aristóteles Núñez.
“Detectamos que ahí se daba una mayor incidencia en el uso de facturas que amparaban operaciones simuladas”, dijo durante su participación en el Primer Foro sobre Anticorrupción.
El jefe del SAT atribuyó a las malas prácticas del sector de la construcción, la decisión de implementar el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF), el cual permite la exhibición de los contribuyentes que ampararon operaciones inexistentes con facturas.
Explicó que la fiscalización y vigilancia de ese sector ha sido particularmente difícil porque muchas empresas abrían y cerraban a conveniencia, y cuando el SAT llegaba a revisarlas muchas ya no existían.
Detalló que muchas de las empresas señaladas por malas prácticas fiscales y corrupción permanecían abiertas apenas dos años, y cuando cerraban ya tenían a la mano una nueva razón social para seguir operando con irregularidades.
El funcionario señaló que la persecución de la corrupción y los delitos fiscales debe ser una práctica extendida y comienza desde la autoridad.
Sin embargo, reconoció que uno de los grandes pendientes es la persecución y encarcelamiento de quienes incurren en esos delitos, pues mientras que en otros países un defraudador fiscal puede pisar la cárcel semanas, en México pasan años antes de que eso ocurra, en el mejor de los casos.
Durante su participación, Leticia Hervert, presidenta del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), afirmó que la corrupción es un lastre para la economía del país, pues ocasiona pérdidas por más de 178,000 millones de pesos al año.
“En lo económico provoca distorsiones en los mercados, desalienta la inversión, aumenta los riesgos y costos, afecta los derechos de propiedad y el estado de derecho, y en consecuencia nos aleja del progreso”, afirmó.
Por eso, dijo, se le debe poner freno para que México no se convierta en una sociedad cínica y mustia.
“Necesitamos actuar en forma inmediata y trazar líneas de acción, tanto sociedad y gobierno, en busca de lograr un país que día a día lucha contra las malas prácticas en todos los ámbitos, a fin de erradicar la corrupción”.

El SAT exhibe prácticas corruptas de constructoras

Beneficio de gasolina para RIF en 2016


En 2015 los contribuyentes del régimen de incorporación fiscal (RIF) obtuvieron el beneficio de pago en efectivo por la adquisición de gasolina (Sí, si deseas hacer deducible la gasolina, esta debe ser pagada mediante monedero electrónico, tarjeta de crédito o débito). Pues bien, este beneficio se extiende para todo 2016… más o menos.
La resolución miscelánea 2016 publicado el 23 de diciembre 2015 en el Diario Oficial de la Federación menciona lo siguiente:
Opción para realizar el pago en efectivo por la adquisición de gasolina para los contribuyentes que tributan en el RIF.

Fundamento del beneficio de gasolina para RIF

“3.13.2. Para los efectos de los artículos 111, quinto párrafo y 112, fracción V en relación con el artículo 27, fracción III, segundo párrafo de la Ley del ISR, los contribuyentes que tributen en el Título IV, Capítulo II, Sección II de la citada Ley, podrán efectuar la deducción de las erogaciones pagadas en efectivo cuyo monto sea igual o inferior a $2,000.00 (Dos mil pesos 00/100 M.N.), por la adquisición de combustible para vehículos marítimos, aéreos y terrestres que utilicen para realizar su actividad, siempre que dichas operaciones estén amparadas con el CFDI correspondiente, por cada adquisición realizada.
LISR 27, 111, 112.”
Como se observa en la regla 3.13.2 el beneficio seguirá efectuándose para el 2016 por la adquisición de combustible, por otro lado también seguirá la deducción pagada en efectivo siempre y cuando esté amparada la compra por el CFDI con un monto de $2000 o inferior a esta cantidad. Este beneficio se aplica cada vez que se realice una compra.
El beneficios por la adquisición de gasolina en el 2015 se extiende a 2016
El beneficios por la adquisición de gasolina en el 2015 se extiende a 2016

¿Qué pasa si excedo de ese monto por el pago de gasolina?

Como ya se ha menciono antes, los gastos, sin importar el monto, se podrán seguir pagando en efectivo; así como las compras e inversiones por importes menores a $5,000.00.
Las erogaciones por compras e inversiones cuyo monto exceda de $5,000 se podrán pagar con: tarjeta de crédito, débito, transferencia electrónica o cheque (Aunque es un poco raro pagar la gasolina con cheque, ¿no?)
Ahí está el beneficio para el 2016 por si deseas seguir pagando tu gasolina en efectivo, pero ojo, esto solo aplica para los RIF. Personas físicas con actividad empresarial y personas morales es otro rollo totalmente diferente.

Qué trámites puedo realizar en el buzón tributario


Conoce a detalle los tramites y servicios que se presentan por el buzón tributario.

El buzón tributario es un servicio de comunicación en línea, disponible en la página de Internet del SAT, sección “Trámites". Su finalidad es interactuar e intercambiar documentos digitales con las autoridades fiscales de forma ágil, oportuna, confiable, sencilla, cómoda y segura. De ahí que sea importante que conozcas cómo funciona.
Para ingresar al buzón tributario y verificar la información que recibes, envías o consultas de tu situación fiscal, necesitarás:
La autoridad fiscal ha implementado diferentes trámites y servicios dentro de este sitio, tales como:
En cuanto a los trámites:
  • Recurso de revocación y consultas en línea, la aplicación solo se encuentra disponible para las gestiones correspondientes a la Administración General Jurídica y puede utilizarse desde el 4 de enero de 2016
  • Recurso de revocación en línea, es obligatorio para aquellas resoluciones cuya notificación surta efectos a partir del 4 de enero de 2016.


miércoles, 27 de enero de 2016

Incumplidos 55% de contribuyentes del RIF


El SAT aseguro que pese a los problemas este régimen funciona mejor que el de REPECOS.


De los 4.5 millones de contribuyentes inscritos a la fecha al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), el 55% (unos 2.5 millones) incumple con sus obligaciones fiscales, informó el SAT.
La Administradora Central de Promoción a la Formalidad del SAT, Patricia Delgado Medellín, atribuyó este incumplimiento al desconocimiento de sus beneficios, a una cuestión cultural y al temor a las nuevas herramientas tecnológicas.
En el taller "Novedades del Régimen de Incorporación Fiscal", sostuvo que pese al incumplimiento, el RIF “está funcionando” pues a diferencia del anterior Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos), los inscritos al nuevo esquema sí declaran, facturan, pagan e informan al SAT.
Puntualizó que de los 2.0 millones de contribuyentes del RIF cumplidos, durante 2015 se recaudaron 3,600 millones de pesos por concepto de Impuesto al Valor Agregado (IVA) y 37,225 pesos por Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) porque dan factura, cobran el impuestos al contribuyente y están obligados a enterarlo a la autoridad.
En el caso del Impuesto sobre la Renta (ISR), la autoridad fiscal otorgó un estímulo de 24,000 millones de pesos, y estima recaudar este año 2,000 millones de pesos por primer pago de 10% de este gravamen, el cual iniciará en este ejercicio fiscal.
Delgado Medellín señaló que por el momento no han sido multados los contribuyentes incumplidos, pero una vez que concluya el año fiscal 2015 del RIF, este 31 de enero, el SAT empezará enviarles requerimientos para invitarlos a cumplir y, en su caso aplicar multas, cuyo monto asciende a 1,240 pesos al bimestre por no presentar la declaración.
Recordó que para 2016, en operaciones con público en general, los contribuyentes que no rebasen los 300,000 pesos de ingreso anual, quedarán liberados de pagar el IVA y el IEPS al 100% mientras tributen en este régimen.
Además rechazó que estos estímulos impliquen una pérdida recaudatoria para la autoridad fiscal, ya que el objetivo de estos beneficios “que se otorgan a los que en promedio ganan unos 9,000 pesos al mes, es incorporar a más contribuyentes a la formalidad y su negocio crezca”.


Aquí un comentario de lo que se prevee a muy corto tiempo de una gran amigo y colega el cual menciona lo siguiente y estoy muy de acuerdo en lo que escribe.
¿ERES RIF Y NO CREÍSTE EN OCTUBRE LO QUE TE DIJIMOS DE LAS MULTAS, ABANDONAR EL RÉGIMEN Y PERDER TU SELLO PARA FACTURAR?....PREPÁRATE!!!!
A PARTIR DE LA SIGUIENTE SEMANA LA OPERACIÓN VA CON TODO, PREPARA TUS $1,241.00 PESOS POR BIMESTRE NO DECLARADO Y SI TIENES MAS DE DOS DECLARACIONES PENDIENTES, PUES PREPÁRATE MAS AUN.....BUSCA UN CONTADOR URGENTE!!...
SELLO CANCELADO Y ABANDONO DE RÉGIMEN RIF PASANDO A ACTIVIDAD EMPRESARIAL!!!
GRACIAS, BY ALEXSAM 2016.

Para que sirven la e.firma y la e.firma portable


Conoce mas sobre estas identificaciones y como se utilizan en el ámbito fiscal.

e.firma
Es un archivo digital seguro y cifrado que tiene la validez de tu firma autógrafa. Sirve para identificarte ante el SAT en la realización de trámites por Internet e incluso se pretende que en un futuro sea aceptada en otras dependencias del gobierno federal.
Cómo la puedes obtener
Debes acudir a cualquier oficina del SAT, pero para agilizar la gestión es recomendable que solicites una cita. En la oficina correspondiente tienes que presentar la siguiente información:
Si eres persona física 
original o copia certificada de tu identificación oficial vigente
  • CURP o acta de nacimiento original, y
  • original de tu comprobante de domicilio fiscal si eres contribuyente que te inscribiste al RFC con CURP, por Internet.
Tratándose de asalariados, puedes exhibir la credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), siempre y cuando en esta se señale el mismo
en caso de personas morales:
  • el representante legal debe contar con e.firma activa
  • poder general para actos de dominio o de administración del representante legal, y
  • acta constitutiva en original o copia certificada ante fedatario público
Previo a la cita deberás obtener tu certificado de e.firma. Para ello requieres generar tus archivos de clave privada y requerimiento observando los siguientes pasos:
  • descarga o ejecuta el programa Certifica(antes Solcedi)
  • elige la opción “Requerimiento de generación de e.firma”, proporciona tu RFC, CURP y una cuenta de correo electrónico
  • crea una contraseña de acceso, y
  • puedes optar por llenar e imprimir la (852 KB) Solicitud de certificado de Firma Electrónica(e.firma)
El programa Certifica genera dos archivos, la clave privada (key) y tu requerimiento (req), guárdalos en un dispositivo y acude con ellos a tu cita generar tu certificado.
En la oficina hacendaría se revisan los archivos y la documentación exhibida y dan seguimiento al trámite, a la conclusión de este te entregarán los archivos de tu e.firma y tu solicitud sellada.
Es importante que resguardes tus archivos en un medio digital seguro, si compartes esos documentos facilitarías a terceros que firmen documentos oficiales electrónicos a tu nombre.
Podrás renovar o revocar tu e. firma, por medio de la página Internet del SAT, siempre que cumplas con los pasos y requisitos requeridos para esos efectos.
e.firma portable
Por medio de tu e.firma portable te autenticarás en las aplicaciones y gestiones del portal de Internet Trámites y Servicios del SAT que permiten que la utilices.
Cómo la obtienes
  • podrás registrarte en el servicio en el portal de Trámites y Servicios del SAT. Ingresando al menú principal “Servicios”: e.firma portable“Alta del servicio “, en cuyo caso necesitarás:
    • e.firma (antes firma electrónica)
    • contraseña
    • tu correo electrónico registrado en el buzón tributario
    • dispositivo móvil con servicio de datos, y
    • descargar la app SAT Móvil (e.firma portable) desde Play Store o Apple Store
Procedimiento para operar el app SAT Móvil e firma portable
1.- Ingresa desde tu dispositivo móvil a la tienda de Play Store o Apple Store para descargar elapp SAT Móvil (e.firma portable)
2.- pulsa en el icono de la aplicación y elige la opción e.firma portable; la primera vez que la utilices debes agregar tu RFC e iniciar sesión con contraseña
3.- durante la fase de alta del servicio da clic en la opción leer código QR para sincronizar tu dispositivo con el servicio
4.- cuando la uses, oprime en la leyenda: Pulse aquí para visualizar su clave dinámica para generar una clave dinámica
5.- para crear un nuevo código, pulsar el icono de los tres puntos y, posteriormente, la opciónEliminar; dar clic en Leer código QR para sincronizar tu dispositivo con el servicio
Beneficios otorgados
  • Te facilita el acceso a las aplicaciones del SAT, a través de contraseña y claves dinámicas
  • puedes darte de alta o baja del servicio, así como administrar tu cuenta desde cualquier parte del mundo a través de Internet
  • no necesitas dispositivos de almacenamiento externo (USB) para transportar algún tipo de archivo para el uso del servicio, y
  • se te brinda mayor seguridad en la autorización de trámites.

Tu Firma Electrónica es Personal



martes, 26 de enero de 2016

2016 estará plagado de auditorías: Prodecon



La dependencia se prepara para asesorar a los causantes que se sientan afectados.

Ante las nuevas disposiciones fiscales que entraron en vigor este año y que incrementan las revisiones electrónicas que practicará el Servicio de Administración Tributaria (SAT), la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente reveló que asesorarán a los contribuyentes para que soliciten la aplicación de un “acuerdo conclusivo” en las auditorías electrónicas, porque 2016 estará “plagado” de auditorías.

El delegado de la Prodecon en Yucatán, Marco Ponce Hernández, señaló que el SAT aplica al año unas 25 mil auditorias tradicionales, pero en este ejercicio fiscal, con las nuevas revisiones electrónicas, se calcula que sumarán entre siete mil y 10 mil las auditorías electrónicas más que podrán aplicar al azar en todo el país.

Los acuerdos conclusivos, que solicitan los contribuyentes y en los que ha mediado la Prodecon, evitan el pago de las multas en los créditos fiscales y logran convenios en los puntos que el auditor considera negativos, pero que el contribuyente cree que debió ser a su favor porque sí cumplió. En el trabajo de mediación, la dependencia ha logrado que se respeten los derechos de los solicitantes.

Destacó la importancia del “acuerdo conclusivo”, figura que se instauró  hace dos años y permite que los ciudadanos acudan a la Prodecon para interponerlo, y con el apoyo de un representante legal las partes puedan resolver los desacuerdos que surjan en las auditorías que se aplican sobre las obligaciones fiscales, evitando llevar el caso hasta el juicio.

“Por dicho de los especialistas fiscales, se prevé un ejercicio 2016 ‘plagado’ de ejercicio de facultades de comprobación; lo importante es que los contribuyentes sepan que tienen de su lado a la procuraduría. A veces la multa es mayor al crédito fiscal y cuando se acogen a esta figura jurídica, quedan exentos”,.



Auditarán a empresas que declaren ceros en ingresos


Aseguran que los negocios que no presenten su declaración podrían perder los beneficios del Régimen de Incorporación Fiscal.

La Secretaría de Hacienda, a través del Sistema de Administración Tributaria (SAT), auditará a las empresas que declaren en ceros pero han estado emitiendo comprobantes fiscales, alertó ayer el contador público certificado Eduardo José Cisneros Rodríguez.

El síndico de la Cámara Nacional de Comercio de Mérida recalcó que los pequeños y medianos contribuyentes también deben presentar su declaración, aunque no hayan tenido ingresos, ya que en caso de no hacerlo podrían perder los beneficios del Régimen de Incorporación Fiscal.

“De no cumplir esa obligación dos veces en forma consecutiva, o en cinco ocasiones en el plazo de seis años, serán transferidos al Régimen General, y eso implicaría pagar como cualquier contribuyente, sin las condiciones y descuentos del RIF. Además, perderían el beneficio de las cuotas reducidas por la cobertura de seguridad social, IMSS e Infonavit, que son de los aspectos más relevantes dentro de la incorporación a la formalidad”, advirtió.

En ese sentido, precisó que el pago que realizarán los que actualmente están incorporados al RIF es mínimo, pues por ser el segundo año desde su registro, sería el primero en el que pagarían y tendrán un descuento del 90 por ciento en el importe de sus impuestos.

Los cambios que consideró más importantes son para las personas morales y físicas, ya que les permite algunas deducciones adicionales a los que tuvieron ingresos menores a los 300 mil pesos al año.

Expuso que a los contribuyentes que tuvieron ingresos menores a 100 mil pesos el año pasado, se les permite hacer deducción inmediata de inversiones, esquema que venía del 2013 y que nuevamente se aplicará en este 2016 y en el 2017.

“Para las personas físicas en su declaración anual también tendrán derecho a deducciones mayores respecto al año pasado, pues anteriormente tenían como tope cuatro salarios mínimos anuales, pero para este ejercicio el límite será de cinco”, comento.

En función a los ingresos, anotó que antes se tenía un tope de deducciones de gastos personales del 10 por ciento, el cual aumentó al 15 por ciento, y se incrementó la depreciación de la inversión de automóviles, que antes era 130 mil pesos, y ahora es de 175 mil.

Cisneros Rodríguez estrenó ayer el ciclo de pláticas para contribuyentes, de los Regímenes General, sean personas físicas o sociedades, así como del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), para dar a conocer los beneficios y las nuevas obligaciones de las Reformas Fiscales 2016.




lunes, 25 de enero de 2016

Logra PGR condenas contra 48 defraudadores fiscales


Durante 2015, la Procuraduría General de la República (PGR) logró sentencias condenatorias contra 48 defraudadores del fisco, tras implementar indagatorias y procesos en coordinación directa con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Procuraduría Fiscal de la Federación.
En un comunicado, la Subprocuraduría Especializada en Delitos Federales (Seidef), dependiente de la PGR, informó que "el monto fiscal evadido asciende a más de 610 millones de pesos".
El boletín omitió el nombre de los defraudadores fiscales, pero indicó que "actualmente la Seidef mantiene procesos abiertos en otras 880 causas penales por los delitos de defraudación fiscal y defraudación fiscal equiparable, como parte de la lucha permanente de la institución en contra de la impunidad".
Las 48 sentencias condenatorias se dan en un marco de criminalización de contribuyentes iniciada por el SAT y la PGR desde el año 2014, pues de acuerdo con cifras oficiales, tan sólo entre enero y septiembre de ese año, la Unidad de Delitos Fiscales y Financieros de la PGR abrió 545 averiguaciones previas contra contribuyentes que presuntamente incurrieron en defraudación al fisco por ingresos no declarados a la SAT, lo que representa un incremento del 15.9 por ciento respecto del mismo período del año 2013, cuando la dependencia inició 470 indagatorias por ese tipo de asuntos.
Durante una entrevista con La Jornada, publicada el 12 de octubre de 2014 en la versión on line de este diario, el abogado Marco Antonio Del Toro, experto en derecho penal; Omar Soto, abogado fiscalista, y Felipe Rosales, también penalista, cuestionaron el papel de la encargada de la fiscalía de Delitos Fiscales de la PGR, pues consideran que lejos de respetar el derecho de defensa de los contribuyentes inculpados por la Secretaría de Hacienda, la fiscalía realiza una integración de las averiguaciones previas prácticamente de manera mecánica y uniforme.
Marco Del Toro, abogado de la maestra Elba Esther Gordillo, exhortó desde 2014 al Poder Judicial Federal y a la Suprema Corte de Justicia de la Nación a enmendar la plana a la PGR, para que antes de que consignen cualquier averiguación previa por supuesta defraudación fiscal de un contribuyente al que se le impute una presuntiva de ingresos no declarados, se exija a la Secretaría de Hacienda ejercer facultades de comprobación y aclarar la situación fiscal de los presuntos deudores al fisco antes de que se les lleve a prisión preventiva.
El abogado precisó que “la regla es que todo contribuyente autodetermina sus contribuciones. La excepción a esta regla es que la autoridad tiene la facultad para comprobar si esa autodeterminación fue correcta o no.
“Para efecto de formular una querella penal no es factible hacerlo sin que previo a ello se hayan iniciado facultades de comprobación. Lo más grave, por ejemplo en el caso de la maestra Gordillo, es que, sin haber ejercido facultades de comprobación se querellaron contra ella, pero para cuantificar las contribuciones omitidas, lo que hicieron fue lo que se denomina una presuntiva de ingresos, y eso es todavía más grave, por eso es lo que están haciendo ahorita en Hacienda y con el aval de la PGR.
“¿En qué consiste esta presuntiva de ingresos?. El artículo 55 del Código Fiscal de la Federación establece que cuando un contribuyente, sobre el que se está ejerciendo facultades de comprobación, y este se niega a enseñar la contabilidad, por ejemplo, ahí se establece que la autoridad hacendaría tendrá facultad de llevar a cabo lo que se llama una presuntiva de ingresos.
“Para hacer una presuntiva de ingresos, se tiene que situar el contribuyente en alguna de las hipótesis del artículo 55 del Código Fiscal Federal, es decir, la autoridad fiscal no puede llevar acabo una presuntiva de ingresos sin que se haya actualizado una de las hipótesis de ese artículo.
“En el caso de la maestra, lo que hizo la autoridad fue un absurdo: tomó los estados de cuenta, sumó las cantidades, fue una mera operación aritmética de suma, y el resultado que arrojó, dijo la autoridad que esos eran los ingresos acumulables (de Gordillo) no enterados al SAT. Así de absurdo”, destacó Del Toro.

Médicos en la mira del SAT por Evasión Fiscal


Continuando con lo antes mencionado en una publicación atrás, comentamos que los médicos estaban en la mira de la Secretaria de Administración Tributaria, y hoy aparece la nota publicada que dice.

Algunos no entregan recibos de pago, otros atienden en consultorios rentados y hay denuncias de personal a su cargo por salarios injustos.

Las autoridades hacendarías indagan a médicos que laboran en consultorios y hospitales de la Ciudad de México, por su presunta responsabilidad en el delito de evasión fiscal, revelaron funcionarios federales que dijeron que la pesquisa comenzó hace un par de meses.

Mencionaron que la investigación se realiza de manera  cuidadosa para tratar de determinar el monto de lo evadido y las personas involucradas, la mayor parte de ellos llegan a percibir hasta 300 mil pesos mensuales solo por consultas.

Los casos no han sido turnados todavía a la PGR, porque las autoridades hacendarías están recabando las pruebas necesarias para que el MPF, pueda actuar penalmente contra estos Médicos.

Los funcionarios federales mencionaron que algunos médicos no entregan documentos que certifiquen el pago que reciben de sus pacientes, lo que representa una gran perdida para el fisco.

En el sector de la medicina, hay médicos que declaran ingresos por debajo de los realmente obtenidos, comentando que hay doctores que cobran un promedio de 1,500.00 por consulta, sin extender recibo alguno al paciente.

Sabiendo también que son deducciones personales para las personas y poder pedir una devolución de impuestos a favor de estas.


viernes, 22 de enero de 2016

Revise su situación fiscal recomienda el SAT


Continuando con el robo de identidad de la joven del estado de nayarit, la Prodecon anuncia que hay mas casos de robo de identidad, pero  porque sucede esto acaso no estamos muy protegidos con los muchos candados que la Institución conocida como SAT., nos pone a todos los contribuyentes no debería estar pasando estas cosas, pero sin embargo pasa y porque pasa por las mafias que operan el sistema y el sistema lo maneja el gobierno asi que no es de extrañarse este tipo de noticias veamoslo como una película de acción y comedia, sin embargo el SAT nos invita a que revisemos nuestra situación fiscal.



Desde hace más de un año, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) ha atendido 500 casos por robo de identidad. El caso más trascendente fue dado a conocer ayer; una chica nayarita, quien concluyó sus estudios universitarios, fue a darse de alta al Servicio de Administración Tributaria , en ese momento descubrió que ya había sido dada de alta con una credencial falsa del entonces IFE, y tenía un adeudo fiscal por mil 800 millones de pesos. Edson Uribe, subprocurador de este organismo, detalló en entrevista que se espera que más de estos casos, realizados cuando los mecanismos del IFE y del SAT para comprobación de identidad eran menos modernos, salgan a la luz.

Recomienda a todos los contribuyentes que se acerquen a la Prodecon para revisar su situación fiscal, que las actividades registradas en el RFC realmente coincidan con las que llevan en su día a día. Cotejar datos personales registrados. De este modo garantizará que no existe problema alguno, sobre todo adeudos fiscales.

Asesórese con un Contador 


Le Roban Identidad y le Fincan Grandes Multas

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) dio a conocer “el robo de identidad más alto del que se tenga registro” en México, en perjuicio de una joven residente en el estado de Nayarit y cuya credencial de elector fue falsificada en 2006.
En un comunicado, la Prodecon precisó que los delincuentes dieron de alta el nombre de la joven en el registro Federal de Contribuyentes (RFC) como comerciante al por mayor en productos farmacéuticos, con destilación y venta de grandes volúmenes de alcohol etílico, y proporcionaron un domicilio totalmente ajeno a la víctima.
Además, abrieron una cuenta de cheques en una institución bancaria y durante 2009 depositaron alrededor de 800 millones de pesos, conducta que fue observada por el Sistema de Administración Tributaria (SAT).
La Prodecon destacó que la joven ya cuenta con una sentencia definitiva de un tribunal competente, en la que se reconoce la falsificación de la credencial de elector, en virtud de un informe rendido en el juicio por el propio vocal estatal del Registro Federal de Electores de la Junta local ejecutiva del anterior Instituto Federal Electoral.
De acuerdo con la Procuraduría, otro dato sumamente relevante es que la propia institución bancaria en la que se realizaron los depósitos expidió una constancia donde detalla “que la cuenta de cheques antes mencionada no le corresponde” a la joven, motivo por el cual la dio de baja en 2010, “pero ya con posterioridad a que se realizaran los depósitos multimillonarios, probablemente vinculados con lavado de dinero y delincuencia organizada”, según el comunicado.
A raíz de dichos depósitos, agregó, a la joven se le siguió el procedimiento de comprobación o revisión fiscal como no localizada, pues obviamente jamás se le ubicó en el domicilio falsamente declarado por los delincuentes y, como consecuencia, autoridades del SAT le emitieron una resolución donde le fijaron un adeudo fiscal por más de mil 800 millones de pesos por concepto de ISR, IVA y IEPS por la venta de alcohol etílico.
Prodecon destacó la importancia de que las diversas instancias federales se coordinen para el combate de robo de identidad, en virtud de que ya se encuentran listas las bases de colaboración respectivas.
Asimismo, exhortó a todos los contribuyentes a que acudan a sus oficinas centrales o delegaciones para recibir asesoría y conocer el estatus de sus obligaciones fiscales.



No permitas que el SAT congele tus cuentas bancarias



El cobro de adeudos por embargo de cuentas bancarias por parte del SAT ha crecido 33 por ciento en los últimos cinco años, por lo que la Prodecon sugiere permanecer atento al buzón tributario y estar al corriente en las obligaciones fiscales.

Cuando la autoridad fiscal te determina y notifica de un crédito te da 30 días para interponer juicio de nulidad o para que pagues, si no interpones juicio, no pagas o haces caso omiso, procede el embargo, dijo a El Financiero el subprocurador de Protección de los Derechos de los Contribuyentes de Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), Francisco Javier Ceballos.

Cuando decides ir a juicio, no procede el embargo, pero la autoridad pide una garantía por el monto adeudado más 12 meses por actualización y recargo. Se puede hacer a través de una fianza o de un inmueble.

Otro caso es cuando se debe al fisco, se busca al contribuyente para hacerle alguna auditoría, pero no es encontrado en el domicilio. Luego de varias visitas sin respuesta, el SAT puede embargarte de manera precautoria, pues existe el riesgo de que el contribuyente oculte, venda o dilapide sus bienes o se niegue a proporcionar su contabilidad. Detalló que la inmovilización se hace por el monto que se debe y no debe ser por más.

Para no caer en esta situación sugirió asegurar y mantener comunicación con la autoridad, estar atentos a notificaciones del buzón tributario, no negarse a recibir documentos del SAT cuando llegan al domicilio y estar al corriente con tus obligaciones. Acércate a la Prodecon en caso que tu cuenta bancaria sea inmovilizada.

Desde 2010 se acumulan 12 mil 710 millones de pesos por embargos, detallaron cifras del SAT.

De enero a noviembre de 2015, el importe por este concepto sumó 2 mil 534 millones de pesos, 8.22 por ciento más que el mismo periodo de 2014 y 102 por ciento más que de enero a noviembre de 2013.

Le debes al SAT cuidado puede embargar tus cuentas de banco.

Qué pasa si obstaculizo una revisión fiscal




Si atiendes una visita domiciliaria y te niegas a recibir la orden, ya sea verbalmente o con resistencia física, te conviertes en un infractor. 

Bajo ninguna circunstancia debe existir algún tipo de impedimento para que la autoridad fiscal pueda verificar el correcto acatamiento de las disposiciones fiscales de los contribuyentes. Por ejemplo con la sola negativa para llevar a cabo alguna acción fiscalizadora, se puede acreditar la conducta infractora, al tratarse de una oposición real para el desarrollo de una visita domiciliaria ordenada según el Art. 85, fracción I del CFF.

Así las cosas, si atiendes una visita domiciliaria y te niegas a recibir la orden, ya sea verbalmente o por medio de rebeldía o resistencia física (en el propio domicilio), que tienda a obstaculizar el inicio o desarrollo de las facultades de la autoridad, es claro que cometes una infracción, pues trastocas el fin inmediato de la visita: salvaguardar las facultades de comprobación previstas en el CFF.

La hipótesis citada se vislumbra en la jurisprudencia VISITA DOMICILIARIA. LA SIMPLE NEGATIVA A RECIBIR LA ORDEN RELATIVA ACTUALIZA LA HIPÓTESIS NORMATIVA PREVISTA EN LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 85 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Materia Administrativa, Tesis 2a./J. 155/2015 (10a.),  Jurisprudencia, Registro 2010805,  15 de enero de 2016.


Si quieres leer completamente la Jurisprudencia da click en la imagen.........
  

Repudian operativos del SAT contra carros "chocolates"


Al parecer nuestra conocida Institución (SAT), esta con todo ya que a comenzado a dar lata por la frontera con los vehículos que son irregulares y sus amenazas se están cumpliendo conforme lo expusieron al pie de la letra.

A partir de este lunes comenzaron a realizarse manifestaciones en distintos puntos de Tijuana, en contra de los operativos de decomiso de autos que el Servicio de Administración Tributaria reforzó contra los propietarios de más de 700 mil vehículos irregulares o "chocolates" que circulan en esta frontera.
La medida fue instruida por el secretario de Hacienda, Luis Videgaray, en su reciente visita del pasado martes 12 de enero.
Lo anterior despertó la inconformidad de los tijuanenses ya que los decretos prohíben la importación de vehículos modelos 2005 hacia atrás así como la de autos provenientes de terceros países, no firmantes del TLC. Marchas, manifestaciones y la creación de redes de alerta para evadir los retenes vía Facebook, Whatsapp o Zello son las herramientas con que algunos de los tijuanenses actúan contra los operativos del SAT.
  A través de esas redes de apoyo, los ciudadanos alertan sobre los retenes, reforzados desde que Videgaray Caso vistió esta frontera, donde se ha negado rotundamente a dar una respuesta en torno a la solicitud de importación de autos modelos 2005 y anteriores.
  En su pasada visita, el 19 de agosto de 2015, el secretario de Hacienda Luis Videgaray advirtió que la dependencia a su cargo continuará con la restricción de la importación de automóviles usados, así como la instrumentación de retenes, en virtud de que se "debe cuidar el medio ambiente" y que la venta de vehículos nuevos se ha incrementado  hasta en un 20 por ciento.
  Entrevistado al término de la inauguración del nuevo puente peatonal, Videgaray Caso aseveró que  "Lo que estamos haciendo es cumplir la ley, lo que estamos haciendo es asegurarnos que la importación de automóviles se haga de manera legal, por el bien del medio ambiente en primer lugar, por las condiciones mecánicas y de seguridad, y es lo que hemos venido haciendo, haciéndolo con flexibilidad hablando con la industria y sobre todo entendiendo que los automóviles que ingresan de manera ilegal al país le están costando empleos a los mexicanos que participan en la industria automotriz", aseveró.
 La restricción de importaciones "es una medida que se ha tomado en el mejor interés nacional,  está funcionando,  estamos viendo que el crecimiento de la venta de vehículos en México,  de vehículos legales, ha crecido más de 20 por ciento con respecto al año pasado, es decir es un año récord para la industria automotriz,  y en parte se debe a estas medidas que no representan otra cosa que el cumplimiento de la ley, en este caso,  en la importación de vehículos", sostuvo el titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
  Videgaray Caso es el mismo funcionario público que -al igual que el presidente Pena Nieto y que el secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong-, que cuenta con una residencia del Grupo HIGA al cual le pagó con la venta de tres obras de arte y de sus ahorros.
La casa que el secretario de Hacienda, Luis Videgaray, compró a Bienes Raíces H&G S.A., de Grupo Higa, le fue vendida al mismo precio en que la firma de Juan Armando Hinojosa la había adquirido, aseguró The Wall Street Journal.
Registros de propiedad pública consultados por el diario muestran que Hinojosa vendió la propiedad ubicada en Malinalco, Estado de México, a Videgaray en octubre de 2012 al mismo precio -7.5 millones de pesos- que su compañía de bienes raíces la había adquirido 10 meses antes.
El rotativo, que cita datos oficiales, señala que el índice de precios al consumidor aumentó 3.5 por ciento en el periodo entre las dos ventas. Asimismo, recuerda que entre el último trimestre de 2011 y el último trimestre de 2012, los precios de los bienes raíces en el Estado de México también subieron un 3.5 por ciento en promedio.
The Wall Street Journal reportó a finales del año pasado la venta de la casa a Videgaray por parte de Hinojosa, un contratista del gobierno federal, y la calificó de inusual.
El secretario, en una carta dirigida a la opinión pública, aseguró entonces que la operación se realizó de manera plenamente legal, cuando no era funcionario público y dentro de parámetros de mercado, por lo que, en su opinión, se descartaba que hubiera conflicto de interés.

miércoles, 20 de enero de 2016

SAT simplifica el embargo de bienes

A partir de este año, la autoridad fiscal prepara una nueva “lista negra” en la que cruzará la información de sus deudores: cuentas bancarias, contratos, cuentas por cobrar, inmuebles, vehículos, equipos y maquinarias, entre otros, a fin de embargar fácilmente si llega el momento de hacerlo.

Llegó 2016 y con él un nuevo formato que reunirá toda la información de los contribuyentes deudores que por alguna razón deciden no pagar impuestos o esconderse del fisco, informó Lizandro Núñez, administrador general de Recaudación en el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
En entrevista con el diario El Economista, dijo que los datos de los contribuyentes que incluirá el aplicativo son: datos de cuentas bancarias, de inmuebles, de vehículos, camiones, de maquinaria y equipo de transporte, aeronaves, embarcaciones, de cuentas por cobrar, de contratos que tengan firmados por dependencias, entre otros.
En otras palabras, el “aplicativo” es una nueva lista negra de aquellos contribuyentes que no cumplen con sus obligaciones fiscales, que tienen un adeudo, que no van al corriente en sus pagos que por evadir al fisco se cambian de domicilio y no notifican a la autoridad. 
De esta manera, aseguró, se cruzará la información y se simplificarán los tiempos para identificar el conjunto de bienes de los contribuyentes, y cuando así proceda, se embargarán para recuperar el adeudo que tienen con el fisco. 
“Para aquellos que no quieren pagar, vamos a utilizar alguno de estos instrumentos”, advirtió. 
Este proyecto se ejecutará en este transcurso del año, pero el funcionario no proporcionó una fecha exacta.
La información de esta lista será de uso exclusivo del SAT, diferente a la de contribuyentes incumplidos o la de aquellos que emitieron comprobantes fiscales cuyas operaciones se consideran inexistentes, que es pública y se da a conocer cada 15 días.
El SAT renovará su portal 
El administrador general comentó que uno de los proyectos del SAT para el primer trimestre del 2016 es renovar su portal de internet para facilitar la navegación a los usuarios.
El portal, comentó Núñez, es uno de los más visitados de toda la administración pública, pero se le harán mejoras para que sea más intuitivo y contenga formatos estandarizados u homogéneos con la finalidad de llevar al contribuyente de la mano en función de su perfil.
“El nuevo portal, que estará listo en el primer trimestre del año, será construido con base en filtros para llevar al contribuyente —en función de su perfil tributario— a la información que le aplica. Tenemos un avance de 90% en su construcción”, informó.
Núñez dijo que el fisco logró recuperar, a noviembre del 2015, cerca de 25,000 millones de pesos, una cifra que no es representativa respecto a la recaudación total pero es importante, ya que impulsa el cumplimiento voluntario.
“La importancia de obtener 25,000 millones de pesos radica en que se recuperan en la vía forzosa, es decir, corresponden a aquellos contribuyentes que no quisieron pagar deudas ya conocidas”, afirmó.
Promoverán uso del buzón tributario 
El funcionario aseguró que durante el 2016 los contribuyentes se enfrentarán a un fisco más tecnológico, cuyo objetivo es persuadir y convencer a la población a pagar sus impuestos.
Se pretende que el buzón tributario se convierta en la única herramienta de comunicación entre el fisco y los pagadores de impuestos en el país; a noviembre del 2015, se han notificado 5,000 actos a través de este instrumento.
“Actualmente tenemos 857,000 contribuyentes que ya usan el buzón tributario; de ellos, 321,000 son personas morales y el restante, personas físicas, donde el procedimiento para dar de alta la herramienta es muy sencillo”, dijo.
Con el buzón tributario y los mensajes que se les envía a los contribuyentes por este medio, se prevé y vigila el comportamiento fiscal de cada causante, y se blindan todos los procesos ante el robo de identidad, afirmó Núñez.
Para el 2016, informó, se pretende que el buzón tributario aplique para toda la base de contribuyentes y ya no para unos cuantos, además de que pueda utilizarse para pedir una devolución de impuestos y resolver dudas sobre las obligaciones tributarias sin  acudir a una oficina del SAT.
“Queremos generalizarlo al resto de los trámites que actualmente lleva a cabo un contribuyente. Es, sin duda, un proyecto ambicioso que se realizará por etapas, donde se incluirán poco a poco cada uno de los trámites”, señaló.