martes, 9 de febrero de 2016

Buzón Tributario SAT – Devoluciones, compensaciones y Algo Mas.


El buzón tributario es un servicio de comunicación a través del cual el SAT puede intercambiar información con los contribuyentes y viceversa. El buzón tributario tiene su fundamento legal en el articulo 17-K del CFF, asi como el anexo 1-A de la RMF 2016.

Uno de los objetivos del SAT es explotar los canales de comunicación que tienen con los contribuyentes para mejorar este intercambio de datos. Es por esto que la autoridad fiscal quiere sacar provecho a su herramienta para hacerla eficiente para ambos lados.

Desde Enero de este año los contribuyentes que hagan una solicitud de devolución de impuestos, asi como un aviso de compensación lo pueden y deben hacer a través del buzón tributario sin tener la necesidad de acudir a las oficinas del SAT. La consulta sobre el estado de estos tramites también se podrán a través de este servicio.

De igual manera los contribuyentes podrán actualizar su información a través del buzón tributario con su cuenta CLABE, asi como imprimir sus acuses y avisos.

El uso de este buzón por parte de los contribuyentes facilitara al SAT hacer notificaciones y revisiones electrónicas cuando sean necesarias.

Para realizar tu solicitud de debes hacer lo siguiente.

  1. Ingresar a la pagina del SAT y posteriormente elegir la opción de Buzón Tributario dentro del menú Tramites, para entrar a este buzón necesitaras tu RFC (Registro Federal de Contribuyentes) y tu FIEL. (Firma Electrónica), o Contraseña CIEC.
  2. Una vez dentro del buzón podrás elegir la opción de Solicitud de Devolución.
  3. El servicio te proporcionara un formulario electrónico el cual debes de llenar y adjuntar los archivos en formato ZIP.
  4.  En el momento en el que envíes este formulario recibirás un acuse de recibido.
El contribuyente debe acceder a su cuenta del buzón constantemente pues la autoridad fiscal se estará comunicando con el a través de este. Con el aumento de contribuyentes ingresando al buzón tributario crecerán también el numero de tramites que se podrán realizar.

De igual manera con la Simplificación Fiscal, los contribuyentes cumplidos podrán tener la devolución de sus impuestos de sus impuestos de manera automática y en un máximo de 5 días

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